Haz tu donativo
La Escuela Española de Salvamento y Detección con Perros (ESDP) es una organización internacional, que fue fundada en 1995. La ESDP se constituyó formalmente como asociación en 1999, al amparo del artículo 22 de la Constitución Española (acogiéndose a lo supuesto en la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo reguladora del Derecho de Asociación sin ánimo de lucro), siendo inscrita el 29 de enero de 1999 en el Registro Nacional de Asociaciones con el numero 164598.
La ESDP es una organización no gubernamental para el desarrollo (ONGD) sin ánimo de lucro que tiene como objetivo impulsar políticas o actuaciones encaminadas al desarrollo de colectivos excluidos o en riesgo de exclusión, así como a países o comunidades considerados empobrecidos. Sus principales ámbitos de actuación son el desarrollo de iniciativas en materia de formación, asesoramiento y promoción, en el área de los perros de búsqueda y detección en sus diferentes especialidades.La Escuela Española de Salvamento y Deteccón con Perro (ESDP) es una entidad acogida al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, de todas las cantidades que dones a la Asociación podrás aplicar una deducción en tu declaración de impuestos:
- Si eres persona física, en el IRPF podrá deducirse el 50% del importe de las cuotas y/o donativos de la cuota íntegra, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Si eres persona jurídica, en el Impuesto de Sociedades podrá deducirse el 35% de las cuotas y/o donativos de la cuota íntegra, con un límite del 10% de la base liquidable.
- Empresa: Nombre de la sociedad, CIF, dirección postal completa, datos de contacto (correo electrónico y teléfono), datos de la persona de contacto
- Particular: Nombre y apellidos, NIF, dirección postal completa, datos de contacto (correo electrónico y teléfono)
Ventajas Fiscales
Las deducciones aplicables en los ejercicios 2018 y siguientes son:
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Los primeros 150 € donados |
75% |
Resto de donación superior a 150 € |
30% |
Resto de donación superior a 150 € si has donado durante 3 o más años consecutivos * |
35% |
Límite deducción base liquidable 10 % |
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* Por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior.
Estas deducciones no son aplicables al País Vasco y Navarra.
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos facilites tu NIF.